A partir de ahora, nuestras operaciones de importación exportación tendrán que tener en cuenta a una nueva figura : el Operador Económico Autorizado (OEA)

El pasado 1 de mayo de 2016 entró en vigor el nuevo Código Aduanero de la Unión que estableció y marcó unas nuevas normas del juego, de entre ellas, sin duda su gran apuesta ha sido la consagración del estatuto de Operador Económico Autorizado (OEA) como paradigma de la fiabilidad y la confianza.

La seguridad en el comercio internacional se ha convertido en una clara necesidad. A juicio de la Comisión Europea, es indispensable establecer sistemas aduaneros que, por un lado, incrementen los controles y garantías y, por otro, sean lo suficientemente eficientes como para mantener e incluso incrementar la agilidad del tráfico comercial.

En respuesta a la necesidad de conjugar seguridad y agilidad se ha creado la figura del Operador Económico Autorizado OEA. Certificación o marca de calidad reconocida internacionalmente que acredita que el papel de la empresa en la cadena de suministro internacional se ajusta con rigor a la normativa aduanera vigente. Se trata de un "sello" que aporta seguridad y fiabilidad a las operaciones de comercio exterior.

El nuevo Código Aduanero de la Unión, aprobado por el Reglamento (UE) 952/2013 de 9 de octubre, y en vigor desde el 1 de mayo de 2016, ha supuesto una profunda renovación de la gestión aduanera. Además de la consagración de la aduana electrónica, las modificaciones normativas recogidas en el CAU, tienen varios objetivos, entre ellos, simplificar y unificar la aplicación de las reglas para todos los Estados que integran la Unión pero sin duda su gran apuesta ha sido la consagración del estatuto de Operador Económico Autorizado (OEA) como paradigma de la fiabilidad y la confianza

Entre las reglas establecidas para la transición entre el derogado Código Aduanero Comunitario y el actualmente en vigor, se encuentra la obligación de someter a revaluación, con anterioridad al 1 de mayo de 2019, a todas las autorizaciones con vigencia ilimitada concedidas antes de su entrada en vigor para comprobar que cumplen con las nuevas exigencias.

¿Cuáles son las Ventajas de ser OEA?

El hecho de trabajar con una agencia que tiene el certificado OEA facilita y agiliza mucho los trámites. Dependerá de la clase de certificado obtenido (Simplificaciones aduaneras, seguridad o ambas) y del tipo de empresa (exportadora, importadora, agente de aduanas, etc.) pero, sin ningún género de dudas todas las empresas con la certificación de OEA tendrán más cómodo el acceso a la Administración aduanera y a una simplificación de los procesos.

Las ventajas de las que se pueden beneficiar son las siguientes:

* Reducción de las garantías Exigidas

En los procedimientos aduaneros que permiten la suspensión temporal del pago de aranceles e impuestos a la importación, se exige la presentación de garantías que suplan la posibilidad de impago de las cantidad en suspensión: avales, seguros de caución, ingresos en efectivo en la Caja General de Depósitos. Pues bien, en el caso de los OEA el importe de dicho afianzamiento es sensiblemente inferior al que debieran presentar el resto de operadores no certificados, pudiendo incluso, en algunos casos, llegar a su exención.

* Menos controles documentales e inspecciones físicas de la mercancía.

Como consecuencia de los circuitos de inspección sobre las entradas y salidas de mercancías en Europa, se generan retrasos y gastos extras que en el caso de los OEA sufren una reducción significativa con el consecuente ahorro de tiempo y dinero.

* Prioridad en los controles de inspección de la administración.

Habitualmente en los puntos de entrada al territorio aduanero de la Unión suelen existir, para la inspección de las mercancías por parte de la AEAT, largas listas de espera de más de dos o tres días. El operador OEA tendrá prioridad sobre cualquier otro operador no certificado a la hora de que su mercancía sea inspeccionada y será tratado como un cliente de primera clase.

* Elección del lugar específico de inspección

Esta ventaja cobra sentido, si tenemos en cuenta dos hechos, que la entrada de mercancías y, por tanto, las posibles acciones inspectoras, se suelen producir en lugares distantes al del establecimiento de los operadores y que a cualquier empresa le asiste el derecho de estar presente en la realización de las acciones inspectoras, principalmente en las aperturas de contenedores. Si la empresa cuenta con la certificación OEA, tendrá la opción de elegir el lugar donde quiera que las acciones inspectoras sobre las mercancías se lleven a cabo, pudiendo optar por la dependencia de Aduanas más cercana al establecimiento donde deben recibirse las mercancías

* Despacho centralizado nacional y europeo

Generalmente, cualquier empresa debe contratar con los servicios de un representante aduanero para la realización de los trámites de despacho de exportación o importación. Pues bien, los operadores OEA pueden solicitar autorización para poder realizar en nombre propio los despachos de aduana por cualquier dependencia nacional o europea, siendo así, plenamente autónomos en cuanto a las declaraciones de sus operaciones de comercio internacional.

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Notificación previa en caso de control aduanero

Cualquier acción de control aduanero que deba realizarse tras los análisis llevados a cabo por la AEAT en el momento de la presentación de las declaraciones aduaneras de un OEA, será notificada con suficiente antelación para que el operador anticipe los trámites y documentos necesarios a realizar.

Contar con esta información por anticipado puede suponer un ahorro de dos o tres días de media sobre los tiempos habituales.

Fuente: CISS Actualidad. Wolters Kluwer