En este Comentario vamos a analizar cuáles son esas prioridades de actuación que el Gobierno ha fijado a la ITSS para este ejercicio 2020 y en qué materias concretas va a centrar su labor de vigilancia del cumplimiento de la normativa del orden social.

Desmenuzando el Plan, se indica que la ITSS ( Inspección de Trabajo y Seguridad Social) va a incidir en cuestiones tales como tiempo de trabajo, modalidades de contratación, subcontratación y cesión de trabajadores, prevención de riesgos laborales, conciliación, igualdad en el empleo entre hombres y mujeres, que incluye el establecimiento de sistemas de detección de la brecha salarial, empleo de personas con discapacidad o trabajadores extranjeros, entre otros.

El Plan contempla actuaciones de control de la ITSS en los siguientes ámbitos:

Materia laboral y de empleo.

En este campo, la ITSS va a controlar la contratación temporal encadenada y de la rotación de trabajadores mediante empresas de trabajo temporal.

Va a llevar a cabo actuaciones de control de la contratación temporal, prestando especial atención a los contratos de duración determinada celebrados en fraude de ley, y a la celebración de contratos en prácticas y para la formación.

En especial...Vigilancia de la de jornada ordinaria, horas extras, y horas complementarias, mejorando las actuaciones mediante el cruce de la información disponible en las bases de datos.

Respecto a los contratos a tiempo parcial, la comprobación del cumplimiento de los requisitos de forma escrita y realización efectiva de la jornada pactada.

Vigilancia de la subcontratación y cesión ilegal de trabajadores, y de las empresas de servicios y multiservicios.

Control de las condiciones de prestación de servicios en el trabajo a distancia.

Vigilancia del cumplimiento de la obligación de reserva de puestos de trabajo a trabajadores con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores.

Y en referencia a los trabajadores inmigrantes, ejecución de un plan de actuación para mejorar la protección de los derechos laborales de los trabajadores inmigrantes que residen en España, favoreciendo que tengan un mejor conocimiento de sus derechos sociales y de las vías para ejercitarlos, incluido el recurso a la Inspección de Trabajo.

Materia de igualdad y no discriminación.

Control de la igualdad y no discriminación, tanto en la relación laboral como en el acceso al empleo. El Plan establece, además, que resulta prioritaria la actuación de la ITSS respecto a colectivos especialmente vulnerables, entre los cuales se encuentran mujeres, personas con discapacidad, e inmigrantes.

Comprobación de la existencia de planes de igualdad, abarcando tanto la vigilancia del cumplimiento de la obligación empresarial de su elaboración como la aplicación efectiva de las medidas derivadas del mismo.

Verificación del cumplimiento de la obligación empresarial de elaborar un protocolo para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de género.

Destaca...Actuaciones específicas en materia de conciliación de la vida laboral y personal, con especial atención al disfrute de permisos de maternidad y paternidad de trabajadores.

Actuaciones destinadas a la detección de la brecha salarial o discriminación salarial por razón de género.

Materia de salud y seguridad en el trabajo.

Establecimiento de Unidades especializadas en prevención de riesgos laborales.

Programación de actuaciones referidas, entre otros aspectos, a la incidencia que sobre la seguridad y salud de los trabajadores tiene el envejecimiento de la población laboral, los riesgos musculoesqueléticos, los riesgos psicosociales, el recurso a modalidades de contratación temporal o a tiempo parcial, el trabajo no declarado, así como a fórmulas de descentralización.

Actuaciones de la ITSS destinadas a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores especialmente sensibles, prestando especial atención a los trabajadores con discapacidad.

Materia de seguridad social, economía irregular y extranjería.

Lucha contra el fraude en colaboración con la Administración de Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal, orientada a las nuevas modalidades de fraude en relación con el nuevo procedimiento de gestión de recaudación de cuotas (nuevo sistema de liquidación directa).

En este sentido se plantea la integración de los datos del fichero de Conceptos Retributivos Abonados en el procedimiento inspector, que mejore la detección y liquidación de posibles diferencias de cotización, mediante su tratamiento en la herramienta de lucha contra el fraude.

Respecto a los becarios y prácticas no laborales, ampliar las actuaciones dirigidas a detectar si mediante estas figuras se encubren verdaderas relaciones laborales.

Detección del falso trabajo autónomo mediante cruce de datos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social. Diseño de un sistema para la búsqueda de empresas interpuestas que favorezcan esta tipología de fraude.

Procedimientos de inspección en materia de formación profesional para el empleo en colaboración con la Unidad especial de Inspección en esta materia.

Control de actividades a través de plataformas de Internet. Definir un procedimiento operativo de trabajo en relación a las empresas que operan a través de plataformas en Internet.

Protección de los trabajadores que son objeto de trata con fines de explotación laboral.

Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral: Colaborar con los distintos departamentos ministeriales y con las Comunidades Autónomas para impulsar un Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral dentro del marco de competencias de la Inspección de Trabajo.

También se refiere el Plan a la necesidad de intensificar la función informativa y de asistencia técnica, y a regular la función mediadora, realizadas por la Inspección.

En este sentido, el Plan plantea determinar el alcance de la función de asistencia técnica que debe prestar la Inspección con ocasión del ejercicio de la función inspectora, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, así como a los trabajadores y a sus representantes.

Se contempla la labor de asistencia técnica en prevención de riesgos laborales a las nuevas empresas, especialmente pequeñas y medianas empresas, así como a los trabajadores y a sus representantes, sobre sus obligaciones en prevención de riesgos laborales.

Se plantea el establecimiento de criterios generales para ordenar y orientar la actividad mediadora que sea solicitada por las partes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Finalmente, el Plan contiene dos Anexos.

En el primero se incluye un informe de evaluación del Plan de Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social 2012-2017, destacando las actuaciones encaminadas al afloramiento del empleo irregular, a la corrección de la obtención y el disfrute en fraude de ley de las prestaciones de la Seguridad Social, y en especial por desempleo, particularmente en aquellos supuestos en que se constituyen empresas ficticias para poder acceder a aquéllas o donde se compatibiliza de manera irregular su percepción con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

Igualmente, se incide en la detección de situaciones fraudulentas, principalmente en casos de falta de alta en la Seguridad Social de trabajadores que efectivamente prestan servicios en las empresas, y en la aplicación y obtención indebida de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

En el segundo se propone un calendario temporal para el desarrollo o implantación de los distintos objetivos que persigue el Plan, a lo largo de los años 2018 a 2020.

Fuente: supercontable.com