El DOG Núm. 127, del 05 de julio de 2019, publica la Resolución del 24 de junio de 2019 de la Secretaría Xeral de Igualdade, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del PROGRAMA EMEGA para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia.

Objeto de la subvención

Esta subvención pretende apoyar la puesta en marcha, la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres.

Beneficiarios

Empresas privadas formadas por mujeres  que inicien su actividad económica o formalicen sus planes Innova o Activa en el período comprendido entre el 01.08.2018 y la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes. Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica (empresas individuales, sociedades civiles, sociedades mercantiles, etc.), deberán tener la categoría de micro o pequeñas empresas,

Líneas de ayuda

  1. Línea Emprende: se podrán acoger a esta ayuda las empresas de nueva creación  constituidas por mujeres, y cuyo inicio de actividades esté comprendido entre el 01.08.2018 y la fecha de finalización de presentación de solicitudes, además se tendrá que crear puestos de trabajo de la/-s promotora/-s y éstas deberán estar desempleadas antes del inicio de la actividad.

Incentivos: los incentivos irán comprendidos entre los 8.000 € y los 20.000 € en función de los puestos de trabajo que se generen.

  1. Línea Innova: se podrán acoger a esta ayuda las empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de mejora que mejoren la competitividad de la empresa. Las empresas deberán acreditar la realización efectiva de la actividad empresarial de forma ininterrumpida durante un mínimo de 2 años y un máximo de 5 en la misma actividad económica para la que se proyecta la mejora.

Incentivos: estarán comprendidos entre los 12.000 € y los 20.000 € en función de los puestos de trabajo que se generen.

  1. Línea Activa: se podrán acoger a estos incentivos las empresas constituidas por mujeres que presenten un proyecto de reactivación para el mantenimiento del empleo y para asegurar el equilibrio empresarial. Las empresas deberán acreditar un período mínimo de 3 años de realización efectiva de la actividad empresarial en la misma actividad económica que para la que se proyecta el plan de reactivación.

Incentivos: entre 6.000 € y los 15.000 € en función al número de puestos de trabajo existentes en las empresas  como consecuencia del mantenimiento o del incremento del empleo preexistente.

  1. Línea ITEF: se podrán acoger a esta ayuda las empresas de nueva creación que respondan a un proyecto empresarial de carácter innovador, en el campo de la investigación y de la tecnología. Así, la actividad, proceso o servicio que se desarrolle debe tener un claro carácter innovador, con alto contenido científico o tecnológico, tener como objetivo principal la aplicación de desarrollos tecnológicos en el ámbito productivo, de nuevo conocimiento aplicado, de resultados del avance científico y de I+D+I, o en los que la presencia de elementos intangibles creadores de valor sea especialmente importante.

Incentivos: los incentivos serán de entre 16.000 € y 40.000 € en función  de los puestos de trabajo que se creen.

  1. Línea complementaria Concilia: es una ayuda complementaria a las anteriores y tiene por objeto favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral  tanto de las promotoras como de las personas trabajadoras incorporadas a la empresa (sólo se concederán a las empresas que resulten beneficiarias de las líneas anteriores)

Incentivos: incentivo de 3.000 € por empresa para promotoras con hijas/-os menores de 3 años  y de 5.000 € en caso de trabajadoras por cuenta ajena

Plazo de presentación de solicitudes:  un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución.