Ante el resurgimiento y proliferación en los últimos tiempos de distintos términos y aspectos relacionados con la responsabilidad social corporativa, utilizados en algunos casos de manera impropia y confusa, cabe plantear un elemental ejercicio de análisis conceptual que nos permita clarificar algunas cuestiones esenciales.En la ‘Opinión’ emitida por la Comisión de Responsabilidad Social Corporativa de AECA se analizan y relacionan fundamentalmente dos conceptos: la responsabilidad social corporativa (RSC) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con el fin de poner en valor la RSC como coadyuvante de los ODS. El perfecto alineamiento entre los objetivos de la RSC y los ODS permite afirmar que el cumplimiento de los objetivos de la RSC conlleva el cumplimiento directo o indirecto de los ODS y viceversa, es decir, el cumplimiento de los ODS por parte de las empresas expresaría un comportamiento conforme a la RSC

Es frecuente encontrarse con textos en los que se vierten opiniones que ciertamente no ayudan a clarificar las ideas y relaciones en torno a estos cuatro conceptos, más bien lo contrario. Aunque evidentemente están interrelacionados, el desarrollo sostenible, la sostenibilidad, la acción social y la RSC tienen significados distintos. Apoyándonos de nuevo en lo expuesto en el Marco Conceptual de la RSC (AECA, 2004) podemos establecer que el desarrollo sostenible es una consecuencia de la RSC y que la sostenibilidad expresa el compromiso con el modelo de desarrollo sostenible y la capacidad para alcanzarlo. Por su parte, la acción social es uno de los diversos comportamientos socialmente responsables que la empre-sa puede acometer.«Desarrollo sostenible es el modelo de desarrollo que busca compatibilizar la explotación racional de recursos naturales y su regeneración, eliminando el impacto nocivo de la acción del ser humano en general y de los procesos productivos en particular para satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin poner en peligro que las generaciones futuras puedan satisfacer las suyas. Es un concepto estrechamente ligado al principio de legado de las organizaciones y solidaridad intergeneracional.»Por su parte, la sostenibilidad es la expresión del impacto de la actividad de la empresa en la triple dimensión económica, social y medioambiental y del compromiso con el modelo de desarrollo sostenible, el cual se puede alcanzar por medio de la responsabilidad social corporativa».Abundando algo más acerca del significado y relación entre estos términos, el análisis semántico realizado por el Documento AECA sobre la semántica de la responsabilidad social corporativa (2006) nos indica que «Desarrollo Sostenible sería un proceso de largo plazo generador de progreso eco-nómico, social, cultural, político y medioambiental para las comunidades humanas. Es decir, un desarrollo polivalente de carácter integral».«Cabe deducir que Desarrollo Sostenible y Sostenibilidad pue-den considerarse como una consecuencia de la Responsabilidad Social Corporativa, la cual surge, a su vez, como respuesta del sector empresarial al desafío del desarrollo sostenible».Finalmente, «la acción social es la ayuda voluntaria, expresada en recursos económicos o de otro tipo, otorgada por las empresas a proyectos externos de carácter filantrópico y desarrollo socioeconómico (asistencia, social, salud, educación, etc.)», la cual puede ser una manera de contribuir a la consecución de los ODS, más específica que la propia RSC, asociada a la actividad y estrategia de las empresas, incluidas sus cadenas de valor.

Objetivos de la RSC y ODS

El perfecto alineamiento entre los objetivos de la RSC y los ODS puede observarse puesto que cada uno de dichos objetivos se encuentra perfectamente interrelacionado, permitiendo afirmar que el cumplimiento de los objetivos de la RSC conlleva el cumplimiento directo o indirecto de los ODS y viceversa, es decir, el cumplimiento de los ODS por parte de las empresas expresaría un comportamiento conforme a la RSC.«Prestar especial atención a los problemas, intereses, preocupa-ciones y expectativas de las partes interesadas ayudará a iden-tificar y a construir una comprensión exhaustiva del impacto de la empresa en los ODS» (SDG Compass, 2015).

Conclusiones

Ante el resurgimiento y proliferación en los últimos tiem-pos de distintos términos y aspectos relacionados con la responsabilidad social corporativa, utilizados en algunos casos de manera impropia y confusa, cabe plantear un ele-mental ejercicio de análisis conceptual que nos permita clarificar algunas cuestiones esenciales.En esta Opinión Emitida de AECA se analizan y relacionan fundamentalmente dos conceptos: la responsabilidad so-cial corporativa (RSC) y los Objetivos de Desarrollo Soste-nible (ODS), con el fin de poner en valor la RSC como coadyuvante de los ODS.

1 La RSC como concepto acuñado hace más de dos dé-cadas es anterior a los ODS, los cuales se formulan y acuerdan en la Cumbre de Nueva York en septiembre de 2015, fundamentándose, en parte, en el modelo de desarrollo sostenible planteado por primera vez a escala global en la Cumbre de Río de Janeiro de 1992.

2 La RSC es un concepto integrador que considera a un mismo nivel las dimensiones y responsabilidades eco-nómica, social y ambiental de la actividad empresarial.

3 Aunque la RSC es un fenómeno centrado en las em-presas, el modelo de comportamiento que representa es aplicable a cualquier tipo de organización –lucrativa, no lucrativa y gubernamental–. De ahí el interés y la implicación en su desarrollo de gran parte del tejido económico y social de toda la sociedad.

4 Los ODS se refieren a aspectos de carácter económi-co, social y ambiental alineándose perfectamente con la triple dimensión de la RSC.

5 El gobierno corporativo, considerado por el marco conceptual de la RSC de AECA (2004) como uno de los elementos necesarios de un comportamiento social-mente responsable, no se encuentra explícitamente citado entre los postulados de los ODS, aunque de for-ma indirecta podría interpretarse referenciado como un instrumento para lograr mejor algunos de los obje-tivos, como los relacionados con la erradicación de la corrupción y el soborno y las alianzas estratégicas.

6 Un comportamiento socialmente responsable por par-te de las empresas y de cualquier tipo de entidad coadyuva a la consecución de los ODS, incorporando de manera natural a las organizaciones como agentes del acuerdo global adoptado.

7 El acuerdo para alcanzar los ODS refuerza, por lo tan-to, el modelo RSC, convirtiéndole en una importante palanca para su cumplimiento.

8 La asociación de los elementos o factores de la RSC –gobierno corporativo, dirección estratégica, gestión y control interno, información y verificación, certificación e inversión socialmente responsable– con los ODS permitirá a las organizaciones ser conscientes de las sinergias generadas para el cumplimiento de estos y alcanzar la sostenibilidad.

9 La acción social de la empresa o participación voluntaria en proyectos socioeconómicos en los ámbitos de la salud, la educación, la pobreza, etc., refuerza la aportación directa y el compromiso con los ODS.

10 El grado de aportación de cada organización para el cumplimiento de los ODS puede ser medido a través del reporte del propio modelo de la RSC, es decir, la información sobre RSC o no financiera de los aspectos económicos, sociales, medioambientales y de gobierno corporativo puede ser el lugar donde poner en valor también el grado de aportación a los ODS. Con este fin, el modelo de información integrada de AECA o guía para la elaboración del Estado de Información No financiera (Integrated Suite, 2018, en is.aeca.es),referenciado en la Ley 11/2018, representa una herramienta de gran utilidad. En este sentido cabe destacar también alguna iniciativa para medir y gestionar la contribución de las empresas a los ODS como «SDG Compass» (www.sdgcompass.org), desarrollado por GRI, Pacto Global de las Naciones Unidas y por World Business Council for Sustainable Development (WBCSD).

11 En este sentido es importante analizar en qué medida dichos elementos y los objetivos propios de la RSC ayudarían a cumplir cada uno de los 17 ODS y sus 169 metas por cada empresa u organización. Evidentemente, en función de las características de las orga-nizaciones (tamaño, sector, país, etc.) el grado de aplicación y aportación a los ODS variará sustancial-mente.12 Un estudio del agregado de las aportaciones reporta-das a través de los canales de información de las or-ganizaciones, mínimamente normalizada, ofrecería el estado de situación de una región, de un país, etc.

13 La ordenación de los ODS de acuerdo con unos crite-rios mejor alineados de acuerdo con la estructura y las funciones de las empresas facilitaría su gestión, control y medición. Propuestas como la citada del SDG Compass (2015) u otras posteriores como Inte-grating the SDGs into Corporate Reporting: A Practical Guide (2018) intentan dar respuesta a esta cuestión.

14 Es necesario difundir y concienciar acerca de que las políticas de RSC, implantadas con éxito desde hace años por muchas compañías, son un camino privile-giado para cumplir con los ODS.

15 Animar a las empresas, pero también a las adminis-traciones públicas y otras organizaciones de la socie-dad a que pongan en valor que sus políticas de RSC están alineadas con los ODS midiendo y reportando su impacto, recordando a las que no aplican estas políti-cas la importancia de hacerlo.

16 La creciente regulación acerca de aspectos relaciona-dos con los ODS está generando la necesidad de ges-tionar y controlar adecuadamente el cumplimiento de determinados estándares y normas legales (com-pliance) sobre materias de carácter social, medioam-bientales, etc., que antes no eran tenidas en cuenta.

17 La exigencia de determinados organismos nacionales e internacionales para que se cumpla con los criterios ESG (Environmental, Social, Governance) refuerzan el papel de la RSC como vehículo adecuado para al-canzar los ODS.

18 La gestión de las Finanzas Sostenibles y su aplicación a las taxonomías en que estas se apoyan pueden cons-tituir asimismo un elemento sustancial para el ade-cuado desarrollo de la RSC en el alcance de los ODS con criterios ESG.

Fuente: Revista AECA


 


 

 

Comentarios (1)

  • anon
    Levismar Vasquez

    Excelente

    Jul 25, 2021