El anteproyecto de ley de fomento de la financiación empresarial incluye una novedad muy importante en materia de morosidad. Introduce dos disposiciones en las que habilita a las empresas a pagar su deuda comercial más allá de los 60 días que marca la ley. Para ello debe haber acuerdo entre acreedor y deudor para ceder la deuda a un tercero que sí la abonaría en ese plazo, un modelo similar al factoring o el confirming bancario.

Fuente: Cinco Días - 07/03/2014