La sentencia dice que ningún convenio, aunque se haya firmado antes de la reforma laboral puede contradecir a la misma.

La Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 de septiembre de 2012 representa un importante espaldarazo, en este punto, a la reforma. No solo mantiene la aplicabilidad sin matices del artículo 84.2 ET en su nueva redacción y consagra, por tanto, la preferencia aplicativa de los convenios de empresa en las materias referidas en el precepto, sino que sostiene que dicha preferencia se aplica desde la entrada en vigor de la norma, condicionando no solo a los nuevos convenios que se negocien a partir de la misma, sino afectando también a las regulaciones precedentes que la contradigan.

 

Fuente: Expansión  18/09/2012