Devolución de IVA.  Los turistas de fuera de la UE, que compran en comercios españoles,  tienen derecho a la devolución del IVA por compras de bienes de más de 90,15 euros (IVA incluido) y  A  partir de 2019, estas devoluciones sólo se podrán gestionar a través del denominado “Documento Electrónico de Reembolso” (DER):

  • Al realizar la venta, el comerciante deberá enviar los datos a Hacienda de forma electrónica, recibiendo a continuación un DER.
  • El comerciante, deberá entregar el DER al turista para que éste, al salir de nuestro país, lo diligencie de forma automática en alguna de las “máquinas de diligenciado” instaladas en puertos y aeropuertos.
  • Una vez diligenciado el DER, el turista podrá obtener la devolución del IVA a través de una entidad colaboradora (como ocurre ahora con las facturas) o remitiéndoselo al procio comerciante.

Durante 2018. Durante 2018, el comerciante puede seguir gestionando las devoluciones de IVA a través del sistema tradicional (diligenciado en aduana de facturas en papel), o bien empezar a utilizar el DER.   Los comerciantes deberán consultar con su asesor para tenerlo todo preparado,  para poder utilizar del DER a partir del próximo año.

A partir de 2019, la devolución del IVA a turistas de fuera de la UE deberá realizarse a través del Documento Electrónico de Reembolso.