La posibilidad de que se produzca un Brexit ‘duro’ parece cada vez más cercana. El goteo continuado de empresas que han tomado la decisión de trasladar su sede hacia otros países de la UE así lo confirma.

Si se confirma el peor de los temores el Reino Unido abandonará la Unión Europea el viernes 29 de marzo de 2019. A partir del 30 el Reino Unido será un tercer país. La retirada cambiará la forma de relación y tendrá efectos significativos para empresas y ciudadanos.

En un referéndum celebrado el 23 de junio de 2016, los británicos decidieron abandonar la Unión Europea. Los resultados de la votación fueron muy ajustados, con 51,9% de los votos a favor de la retirada y 48,1% en contra de que el Reino Unido dejase de formar parte de la Unión Europea.

Se trata de un hecho sin precedentes, para el que el Tratado de la Unión Europea (TUE) tiene previsto un procedimiento (artículo 50), que nunca antes se ha activado.

Para suavizar las consecuencias del "cambio" a Unión europea firmó un acuerdo de transición con el gobierno británico según el cual a partir del 1º de abril de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2020 seguiríamos operando como si nada hubiese cambiado, pero este acuerdo no ha sido ratificado aún, y el horizonte de Brexit "No deal" (salida sin acuerdo con la UE) puede ser una realidad.

Si se confirma el peor de los temores el Reino Unido abandonará la Unión Europea el viernes 29 de marzo de 2019. A partir del 30 el Reino Unido será un tercer país. La retirada cambiará la forma de relación y tendrá efectos significativos para empresas y ciudadanos.

La Plataforma Pymes ya ha advertido que la devaluación de la libra y las trabas a la circulación de personas que conllevaría un "brexit" duro tendrían un "grave impacto" en el sector inmobiliario, particularmente en la venta de viviendas a extranjeros y en los alquileres de uso turístico.

Igualmente, fuentes empresariales coinciden en señalar que el principal problema son las pymes. Tenga en cuenta que:

• La mayoría de exportadores al Reino Unido son pequeñas sociedades y ahora los 38.000 millones entre bienes y servicios que España vende a territorio británico están en riesgo

• Una de cada tres compañías en el Reino Unido está estudiando actualmente abandonar las islas y reubicar así alguna de sus operaciones en el extranjero. El Institute of Directors (IoD) advierte de que el 29% de las empresas en una encuesta a 1.200 cree que el Brexit representa un riesgo significativo para sus operaciones en este país.

Como ejemplos significativos de este éxodo británico tenemos el de las multinacionales Sony y Panasonic, que tenían su sede europea en Reino Unido, pero que van a trasladar sus oficinas fuera del territorio británico, concretamente a Holanda

Planes de Contingencia

El Consejo de Ministros del pasado 11 de enero, con el objeto de paliar los efectos adversos señalados ha estudiado una serie de medidas de contingencia sobre sectores económicos particularmente sensibles

Este Plan contiene tres tipos de medidas:

Medidas legislativas: concretadas en un Proyecto de Real Decreto-ley, cuya adopción se prevé para febrero, que modifica algunos aspectos normativos y prevé la adopción por vía reglamentaria de medidas adicionales.

Medidas logísticas dirigidas a la dotación de medios personales y materiales para afrontar una situación de salida sin acuerdo.

• Una labor de comunicación a los ciudadanos cuya pieza central es una página web en el servidor de Presidencia del Gobierno que informa de manera directa sobre lo que deben hacer los ciudadanos y empresas para preparase ante los diferentes escenarios.

Aspectos

Los principales aspectos contemplados por las medidas de contingencia serán los siguientes:

1.- Derechos de los ciudadanos: La salida del Reino Unido implicará el fin de la libre circulación y trabajo de los ciudadanos españoles en el Reino Unido y británicos en España. Para preservar los derechos de estos ciudadanos se habilitará un sistema por el que los nacionales británicos en España pasarán, de ser ciudadanos de la UE, a ser residentes legales en nuestro país, adoptándose las medidas necesarias para garantizar a españoles y británicos derechos, seguridad social, asistencia sanitaria, reconocimiento de títulos y cualificaciones profesionales, entre otros.

El derecho de sufragio activo y pasivo en elecciones municipales también será reconocido mediante un Acuerdo Bilateral específico según lo previsto en el artículo 13 de la Constitución española.

2.-Relaciones comerciales: la retirada del Reino Unido sin acuerdo conllevará:

• La salida del Reino Unido de la Unión Aduanera y del Mercado Interior, pasando a comerciar con la UE en los términos fijados por la OMC.

• La aplicación toda la legislación de la UE sobre mercancías importadas y exportadas hacia un tercer país, incluida la exacción de derechos e impuestos.

• La aplicación de estrictas normas sanitarias y fitosanitarias.

La voluntad del Gobierno e instituciones europeas es la de facilitar el flujo de mercancías entre el Reino Unido y la UE en la medida de lo posible y deseable. Para que las empresas estén preparadas para el nuevo escenario se están impartiendo seminarios en todo el territorio nacional y se prevé articular ayudas para facilitar dicha preparación. Por ejemplo el cheque Brexit que consistirá en la aplicación de descuentos de entre el 60 y el 80 % en los servicios personalizados del ICEX.

3.- Sectores económicos particularmente sensibles. Existen tres sectores económicos particularmente sensibles:

Transporte aéreo

Este sector puede considerarse crítico dado el enorme flujo de pasajeros entre España y el Reino Unido (45 millones de pasajeros y 18 millones de turistas en 2017). La Comisión Europea ha previsto medidas de contingencia en el ámbito de sus competencias para preservar la conectividad:

• Una propuesta de Reglamento para garantizar temporalmente (durante doce meses) la prestación de determinados servicios aéreos entre el Reino Unido y la UE.

• Una propuesta de Reglamento para ampliar temporalmente (nueve meses) la validez de determinados certificados de seguridad de la aviación.

• Una propuesta de Reglamento a fin de permitir temporalmente (nueve meses) transportar mercancías de la UE a los operadores del Reino Unido, siempre que el Reino Unido otorgue derechos equivalentes a los operadores de transporte por carretera de la UE y siempre que se respeten condiciones de competencia equitativas.

Servicios financieros

La retirada de la UE dará lugar a la pérdida por parte de las entidades británicas del pasaporte necesario para prestar estos servicios en la UE27. Dado el carácter crítico de este sector, la Comisión Europea ha propuesto determinadas medidas de contingencia para salvaguardar la estabilidad financiera:

• Una Decisión de equivalencia temporal y condicional para un período limitado de 12 meses a fin de garantizar que no se produce ninguna alteración inmediata de la actividad en la compensación centralizada de derivados.

• Una Decisión de equivalencia temporal y condicional para un período limitado de 24 meses a fin de garantizar que no habrá perturbaciones en los servicios de depositarios centrales para los operadores de la UE que utilizan actualmente operadores del Reino Unido.

• Dos Reglamentos Delegados que facilitarán la novación, para un período limitado de 12 meses, de determinados contratos de derivados OTC, por los que un contrato se transfiera desde el Reino Unido a una contraparte establecida en la EU-27.

Agricultura y pesca

Se trata de otro ámbito económico de gran sensibilidad en el que España tiene intereses específicos. Además de las medidas de preparación necesarias a nivel interno, España defenderá vigorosamente la necesidad de prever ayudas específicas para el sector a nivel comunitario así como la pertinencia de tener en cuenta esta nueva situación en el debate sobre el futuro de la PAC/PPC.

Que el Reino Unido abandone el bloque comunitario de manera abrupta está en las quinielas de todos como una posibilidad muy real. Es tiempo de que las empresas se preparen para minimizar efectos adversos y…¿Por qué no?, para aprovechar las sinergias y nichos que puedan consolidarse.

Fuente: CISS Contable -Mercantil