La factura electrónica equivale, a todos los efectos, a la tradicional factura en papel. Se trata de un documento intercambiado entre emisor y receptor por medios electrónicos y telemáticos, respaldado por firma digital, que garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.
Los primeros pasos: de 2007 a 2015
El primer hito normativo se remonta a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que autorizó al entonces ministro de Economía y Hacienda a desarrollar el uso de la factura electrónica en los contratos del sector público estatal. No obstante, no fue hasta 2015 cuando la facturación electrónica se consolidó realmente en las contrataciones con las administraciones públicas.









