Medidas concretas de reducción del consumo de plásticos

En virtud del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas (espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio a cobrar podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I de la norma y que se reproduce al final de este documento.