La expansión de un negocio a través del modelo de franquicia es una oportunidad para el crecimiento, permitiendo replicar un éxito probado con menor riesgo financiero. A través de un sistema de franquicias, las empresas pueden aumentar su presencia en el mercado, garantizando la calidad y consistencia del producto o servicio mediante un plan replicable y eficiente.

Se entiende por actividad comercial en régimen de franquicia, la que se lleva a efecto en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos.

Al asociarse con franquiciados locales, las empresas pueden ingresar en nuevos mercados con socios que comprenden las necesidades locales, compartiendo los riesgos financieros y multiplicando las oportunidades de crecimiento.

Los aspectos que se deben tener en cuenta para considerar la posibilidad de franquiciar su negocio son:

- Un Buen retorno de inversión (ROI)

- Optimización de los procesos para que puedan ser fácilmente replicados sin sacrificar calidad.

- El suministro del respaldo necesario para que los franquiciados puedan establecer y gestionar exitosamente sus propias unidades.

- Los derechos y obligaciones de las partes se formalizan a través de un contrato de franquicia, un documento fundamental que establece los términos y condiciones de la relación.

Las obligaciones que normalmente debe asumir el franquiciador son:

  • Dar información precontractual al potencial franquiciado. En este sentido, con antelación a la firma del contrato o precontrato de franquicia o a la entrega por parte del futuro franquiciado al franquiciador de cualquier pago, el franquiciador o franquiciado principal deberá dar por escrito la siguiente información:
    •   Datos de identificación del franquiciador: nombre o razón social, domicilio y datos de inscripción en el registro de franquiciadores, así como, cuando se trate de una compañía mercantil, capital social recogido en el último balance, con expresión de si se halla totalmente desembolsado o en qué proporción y datos de inscripción en el Registro Mercantil. Cuando se trate de franquiciadores extranjeros, además, los datos de inscripción en los registros de franquiciadores a que vengan obligados, de acuerdo con las leyes de su país o Estado de origen. De tratarse de franquiciado principal se incluirán, además, las circunstancias anteriores respecto de su propio franquiciador.
    •   Acreditación de tener concedido para España, y en vigor, el título de propiedad o licencia de uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora, y de los eventuales recursos judiciales interpuestos que puedan afectar a la titularidad o al uso de la marca, si los hubiere, con expresión, en todo caso, de la duración de la licencia.
    •   Descripción general del sector de actividad objeto del negocio de franquicia, que abarcará los datos más importantes de aquél.
    •   Experiencia de la empresa franquiciadora, que incluirá, entre otros datos, la fecha de creación, las principales etapas de su evolución y el desarrollo de la red franquiciada.
    •   Contenido y características de la franquicia y de su explotación, que comprenderá una explicación general del sistema del negocio objeto de la franquicia, las características del saber hacer y de la asistencia comercial o técnica permanente que el franquiciador suministrará a sus franquiciados, así como una estimación de las inversiones y gastos necesarios para la puesta en marcha de un negocio tipo. En el caso de que el franquiciador haga entrega al potencial franquiciado individual de previsiones de cifras de ventas o resultados de explotación del negocio, éstas deberán estar basadas en experiencias o estudios, que estén suficientemente fundamentados.
    • Estructura y extensión de la red en España, que incluirá la forma de organización de la red de franquicia y el número de establecimientos implantados en España, distinguiendo los explotados directamente por el franquiciador de los que operen bajo el régimen de cesión de franquicia, con indicación de la población en que se encuentren ubicados y el número de franquiciados que hayan dejado de pertenecer a la red en España en los dos últimos años, con expresión de si el cese se produjo por expiración del término contractual o por otras causas de extinción.
    •   Elementos esenciales del acuerdo de franquicia, que recogerá los derechos y obligaciones de las respectivas partes, duración del contrato, condiciones de resolución y, en su caso, de renovación, contraprestaciones económicas, pactos de exclusivas y limitaciones a la libre disponibilidad del franquiciado del negocio. Finalmente, no debemos olvidar que el franquiciador puede y suele exigir al potencial franquiciado un deber de confidencialidad de toda la información precontractual que reciba o vaya a recibir del franquiciador.
    • Incorporar nuevos productos y mejorar los ya existentes.
    • Poner a disposición del franquiciado las mercancías que componen su surtido de fabricación, así como las que comercializa.
    • Otorgar formación, adiestramiento y asistencia técnica continuadas al franquiciado, en los campos técnico, comercial, financiero, contable, fiscal y de gestión.
    • Programar los precios para asegurar la rentabilidad y estabilidad tanto del franquiciador como para el franquiciado.Llevar un control del stock de cada franquiciado y de la calidad de los productos y/o servicios ofrecidos al público.
    • Respetar las cláusulas de exclusividad establecidas.
    • Comunicar a las Comunidades Autónomas competentes por razón de su domicilio cualquier alteración referente a la franquicia, en el plazo máximo de tres meses desde que se produzcan, así como y en su caso, el cese en la actividad franquiciadora en el momento en que tenga lugar. Igualmente, con carácter anual y durante el mes de enero de cada año, los franquiciadores deben comunicar a la Comunidad Autónoma correspondiente, los cierres o aperturas de los establecimientos, propios o franquiciados, producidos en el año anterior.

Las obligaciones que normalmente debe cumplir el franquiciado son:

  •  No divulgar a terceros la información precontractual que reciba o vaya a recibir del franquiciador.
  • Vender exclusivamente productos que cumplan con las especificaciones objetivas mínimas de calidad establecidas por el franquiciador.
  • Vender productos fabricados tan sólo por el franquiciador o por terceros designados por éste, cuando resulte impracticable, debido a la naturaleza de los productos objeto de la franquicia, establecer especificaciones objetivas de calidad.
  • No desempeñar, directa o indirectamente, un comercio similar en un territorio donde pudiera competir con un miembro de la red de franquicia.
  • Proteger el know how del franquiciador o mantener la identidad común y prestigio de la red franquiciada.
  • No utilizar el know how y los derechos de propiedad intelectual concedidos por el franquiciador para otros fines que la explotación de la franquicia.
  • Informar al franquiciador de toda infracción de los derechos de propiedad intelectual concedidos y, en su caso, formular la reclamación contra los infractores o ayudar al franquiciador en cualquier acción legal que decida interponer contra aquéllos.
  • Asistir a cursos de formación organizados por el franquiciador y hacer que su personal asista también a ellos.
  • Obrar con la máxima diligencia para: vender los productos o prestar servicios objeto de la franquicia, lograr una facturación mínima, planificar de antemano sus pedidos, mantener unas existencias mínimas, prestar servicio y garantía a la clientela.
  • Abonar al franquiciador un porcentaje determinado de sus ingresos por publicidad y obtener la aprobación del franquiciador por la publicidad que realice por sí mismo.
  • Aplicar los métodos comerciales elaborados por el franquiciador y utilizar el know how las marcas y los signos concedidos.
  • Cumplir las normas del franquiciador en cuanto al equipo y aspecto general de las instalaciones.
  • Permitir al franquiciador verificar sus inventarios, sus cuentas y sus existencias y las instalaciones
  • No cambiar la localización de las instalaciones contractuales sin previo consentimiento del franquiciador.
  • No ceder los derechos y obligaciones resultantes del acuerdo de franquicia sin previo consentimiento del franquiciador.

Ventajas y desventajas del modelo de franquicia

Ventajas:

  • Expansión acelerada: Permite crecer rápidamente sin asumir grandes inversiones.
  • Mayor reconocimiento de marca: Cada unidad fortalece la presencia del negocio.
  • Mayor reconocimiento de marca: Cada unidad fortalece la presencia del negocio.
  • Optimización de costes: Los franquiciados asumen los costes operativos y comparten economías de escala.

Desventajas:

  • Inversión inicial elevada: Crear una franquicia requiere recursos para desarrollar la estructura y los manuales.
  • Control limitado: Mantener la uniformidad entre las unidades puede ser un reto.
  • Riesgo reputacional: El mal desempeño de un franquiciado puede afectar la imagen de marca.

Fuente: Boletin Contable - Mercantil Aranzadi-La Ley