Hasta Ahora, a efectos de la obligatorideda de elaboración de cuentas anuales y otros aspectos tanto contables como de funcionamiento, existían dos subtipos de entidades: Las Pymes y la micropymes. El Parlamento europea, a través de la Directiva 2012/6/UE. Ha definido una nueva categoría de empresas: las “microentidades”, que engloba que engloba las empresas en las que los criterios de tamaño relativos al total del balance y al importe neto de la cifra de negocios tengan valores inferiores a los establecidos para las microempresas. Serán aquellas empresas que no superen dos de los tres criterios siguientes:  Total Balance: 350.000 euros  Importe neto de la cifra de negocios: 700.000 euros  Numero medio de empelados durante el ejercicio: 10

AYSE LUCUS S.L., recibíu unha axuda do IGAPE dentro do programa: PROXECTOS DE MELLORA DOS EQUIPAMENTOS DAS PEMES DO SECTOR SERVIZOS CUN INVESTIMENTO SUBVENCIONABLE SUPERIOR A 30.000 € E ATA 200.000 €.

AYSE LUCUS S.L., recibió una ayuda del IGAPE dentro del programa: PROYECTOS DE MEJORA DE LOS EQUIPAMIENTOS DE LAS PYMES DEL SECTOR SERVICIOS CON UNA INVERSIÓN SUBVENCIONABLE SUPERIOR A 30.000 € Y HASTA 200.000 €.

Les adjuntamos un cuadro resumen recordatorio de documentación y plazos para que el contribuyente comunique a la Agencia Tributaria las modificaciones de bases imponibles Reguladas en el artículo 80 apartados 3 y 4 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido y en artículo 24 del Reglamento del IVA.

  • Edad para poder acceder a la edad de jubilación: 67 años ó 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización efectiva.
  • Período mínimo de cotización: se siguen exigiendo 15 años de cotización, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.

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