El DOG de 13 de junio del corriente año, hace pública la Resolución de 31 de mayo de 2013 por la que se le da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), que aprueba las bases reguladoras de las ayudas del Igape para la contratación de gestores Igapex de internacionalización, cofinanciadas por Fondo Social Europeo no marco del programa operativo FSE Galicia 2007-2013, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2013 en régimen de concurrencia no competitiva. INSTITUTO GALEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA .

La finalidad de estas ayudas es la de facilitar a las empresas gallegas  la prospección y acceso a nuevos mercados poniendo a su alcance ayudas para la contratación de profesionales especialistas en internacionalización empresarial, consiguiendo, simultáneamente, la formación de especialistas en comercio exterior y su incorporación al mercado laboral.

Podrán ser beneficiarios potenciales:


  1. Las sociedades mercantiles u otras sociedades con objeto empresarial, sean o no pymes, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tengan un proyecto de internacionalización y que dispongan de un diagnóstico positivo del potencial de internacionalización de la empresa realizado en el ejercicio de la convocatoria o en los 4 ejercicios anteriores, a través de programas del Igape o del Icex.
  2. Organismos intermedios
  3. Agrupaciones sin personalidad jurídica propia de al menos tres empresas (personas jurídicas que cumplan los requisitos del punto 1 anterior), no vinculadas previamente entre sí, que tengan un proyecto común de cooperación para la internacionalización, para el que contraten a un mismo gestor repartiendo la jornada laboral a tiempo parcial entre las empresas de la agrupación.

Serán gastos subvencionables los siguientes:

El salario bruto anual de la contratación por cuenta ajena de un gestor Igapex de internacionalización, a tiempo completo o parcial, durante el primer año de vigencia del contrato laboral en caso de que el solicitante sea una empresas, y durante un máximo de los dos primeros dos años de vigencia del contrato laboral en caso de que el solicitante sea un organismo intermedio o una agrupación de empresas. Serán subvencionables únicamente las percepciones salariales (que coticen a la Seguridad Social).

El plazo para presentar solicitudes terminará el 15 de julio de 2013.