El DOG de 25 de junio del corriente año, hace pública la Orden de 11 de junio de 2013, por la que se convoca la concesión de subvenciones para las personas adquirentes, adjudicatarias o promotoras individuales para uso propio de vivienda, que cuenten con financiación cualificada del Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS .

La finalidad de estas ayudas es la de ayudar a afrontar los gastos derivados de la adquisición, de la adjudicación o de la promoción individual de vivienda para uso propio por parte de personas que cuenten con financiación cualificada del Plan de vivienda y rehabilitación 2009-2012.

Podrán ser beneficiarias aquellas personas adquirentes, adjudicatarias o promotoras individuales para uso propio de viviendas de protección autonómica de régimen especial o general, o adquirentes de viviendas usadas o viviendas de precio limitado acogidas al sistema de financiación para el primer acceso a la vivienda en propiedad del Plan de vivienda y rehabilitación 2009-2012.

Son requisitos principales:

• Que el solicitante formalizase el préstamo convenido del Plan de Vivienda y rehabilitación 2009-2012 entre el 26 de febrero de 2011 y el 31 de agosto de 2011, y además:

o Cuando se trate de promotor individual para uso propio de vivienda protegida, que cuente con la calificación definitiva de la vivienda.

o En caso de personas adquirentes o adjudicatarias, que cuenten con escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad que acredite la transmisión de la vivienda y en la que conste separadamente o precio de vivienda y de cada un dos anexos, si los tuviera.

o Que no obtuviesen con anterioridad las mismas ayudas que se convocan en esta orden.

El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES, contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOG.