Las nuevas condiciones serán incluso más duras para la anticipada voluntaria.

El Gobierno ya ha concretado sus planes para endurecer el acceso a la jubilación anticipada. Piensa aumentar el periodo mínimo de cotización exigido, elevar la edad mínima dos años más de lo previsto en la reforma que entró vigor en enero (61 años o 63), y reducir la pensión que recibirán quienes opten por retirarse antes. También la jubilación parcial se pondrá más difícil a partir del 1 de abril, según el borrador del decreto que prepara el Ejecutivo.

A cambio de no acelerar la implantación de la edad legal de jubilación en 67 años y permitir el ascenso gradual hasta 2027 previsto en la reforma que entró en vigor en enero, el Gobierno se comprometió con Bruselas a endurecer el acceso a la jubilación anticipada y parcial.

El borrador respeta las dos grandes modalidades de jubilación anticipada que se fijaron en 2011: la forzosa (afectados por despidos) y la voluntaria. Sin embargo, endurece ambas. En el primer caso, establece que la edad mínima de acceso siempre será cuatro años menos que la edad legal, ahora 65 años y un mes.

Ambas crecerán de forma paralela hasta que en 2027 se sitúen en 63 y 65. También aumenta el periodo mínimo de cotización, de 30 años a 33. Y, además, crea nuevos coeficientes de reducción. En la reforma de 2011, se establecen dos: 7,5% menos de pensión por cada año que el trabajador se jubile antes de la edad legal si ha cotizado menos de 38,5 años y un 6,5% si lo ha hecho más. El borrador fija cuatro: 7,5% para los que han cotizado 38,5 años; 7% para quienes lo han hecho entre 38,5 años y 41,5; 6,5% entre 41,5 y 44,5; y 6% para el resto.

Las nuevas condiciones serán incluso más duras para la anticipada voluntaria. El periodo de cotización es el mismo, pero sube la edad mínima a 65 años desde el 1 de abril y establece mayores reducciones entre el 8% y el 6,5%, según el periodo cotizado.

Traducción de estas complejas fórmulas técnicas: menores pensiones, sobre todo por los nuevos coeficientes, y mayor dureza en el acceso.

También hay cambios sustanciales en jubilación parcial. Se aumentará gradualmente la edad hasta que en 2027 se llegue a 63 o 65 años, según se hayan cotizado al menos 36,5 años o 33, respectivamente. También se subirá el tiempo de trabajo del empleado jubilado, entre el 25% y el 50% de la jornada, aunque podrá extenderse hasta el 75% si el sustituto tiene contrato indefinido. Esta última medida pretende hacer más llevaderos los cambios al sector del automóvil, el que más recurre a esta jubilación.

El decreto aclara que estas modificaciones no afectarán a las jubilaciones parciales que se hubieran pactado en convenios o planes de empresa firmados antes del 1 de abril.

Fuente: El País - 22/02/2013