Las nuevas obligaciones de información servirán para que Hacienda cuente con más recursos para controlar el fraude fiscal, si bien “también podría incrementar el número de comprobaciones a los contribuyentes”, al contar el Fisco con información sobre los pagos efectuados con tarjeta o mediante una de las plataformas de pagos instantáneos más utilizadas: Bizum.

Te detallamos los cambios más importantes introducidos en la normativa pata 2026

En primer lugar, desde el próximo enero las entidades bancarias estarán obligadas a informar mensualmente de todas las operaciones realizadas a través de la aplicación de pagos instantáneos Bizum, sin límite de importe.

La eliminación de estos límites también afectará a las operaciones con tarjeta que efectúen o reciban las empresas y profesionales, multiplicando el control del Fisco sobre los pagos digitales o, al menos, incrementando de forma considerable la información con la que cuenta ante una posible comprobación o inspección de Hacienda.

En esencia, los cambios introducidos para el próximo año eliminan los límites que hasta ahora existían para que las entidades bancarias tengan la obligación de informar a Hacienda de los movimientos de sus clientes, entre los que, además de los contribuyentes persona física, también se encuentran las empresas y los profesionales

En paralelo a la eliminación de los límites para que los bancos informen a Hacienda de las operaciones realizadas mediante Bizum o tarjeta de crédito o débito, el Fisco también obligará desde el próximo año a las entidades a notificarle los datos de los contribuyentes que paguen más de 25.000 euros anuales con tarjeta.

Por ello, los asesores fiscales recomiendan fervientemente “separar las cuentas profesionales de las personales para distinguir cuándo una transferencia se realiza mediante Bizum para la actividad económica y cuándo no es así”.

Las fechas clave que debemos tener en cuenta, en las que la AEAT va a disponer de más información exhaustiva sobre los cobros y pagos efectuados son las siguientes:

  • 1 de enero de 2026 > Entrada en vigor del nuevo régimen.
  • Febrero de 2026 > Primeras remisiones de los modelos 170, de periodicidad mensual, recogerá todos los cobros procesados por Bizum o tarjeta, identificando el canal, el TPV utilizado (físico o virtual), la cuenta de destino y el importe. y 196 (De periodicidad mensual, registrará movimientos y saldos de cuentas bancarias, además de integrar la información que antes se reportaba en el modelo 291)
  • Enero de 2027 > Presentación de los modelos 174 (para operaciones con tarjeta que superen los 25.000€ en el año, a presentar en enero del ejercicio siguiente) y 181 (sobre préstamos, créditos y operaciones vinculadas a inmuebles) correspondientes al ejercicio 2026.

Fuente: Extractado de Expansión.com

Autor-_: Diego S. Adelantado