El pasado 6 de septiembre se aprobó el Programa de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial 2019, también conocido como “Programa Reindus”, dotado con400 millones de euros.

Este tipo de ayuda, a diferencia de otras, es interesante porque:

  • La financiación REINDUS no computa en CIRBE (no cuenta para el riesgo financiero bancario)
  • Por planificación de la inversión: permite financiar inversiones realizadas desde el 01/01/2019 hasta 18 meses después de recibir la resolución de la concesión (aproximadamente mayo 2021).
  • La ayuda consiste en un préstamo que financia el 75% del presupuesto financiable. El plazo de amortización del préstamo es de 10 años con 3 de carencia y a un interés fijo del 1.67%
  • Por coste:
    ‣ No requiere intervención notarial.
    ‣ No requiere acudir a ninguna firma. Directamente, a finales de año el Tesoro
    Público emite una transferencia a la cuenta previamente designada durante el
    proceso de solicitud.
    ‣ No tiene costes asociados como estudio, apertura, cancelación parcial o total.

Si te interesa, el plazo de presentación de la solicitud finaliza el 4 de noviembre.

Beneficiarios de esta ayuda 

Empresas que desarrollen, o vayan a desarrollar, actividad industrial encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).También actividades encuadradas en la sección 38.3x, si disponen en el momento de la solicitud de la autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11, según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

¿Qué tipos de proyectos se puede financiar?

  • Creación de establecimientos industriales. Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio
  • Traslado de establecimientos industriales. Cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción. Realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
  • Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0: mediante la realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud, para:
    • La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción, que al menos integre una línea de producción completa.
    • La fabricación de los sistemas definidos en el anterior párrafo.
    • La implementación de infraestructuras físicas de red para la conectividad digital de los procesos de producción, que avancen hacia el concepto de «Internet de las Cosas».
    • Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.

¿Que tipos de gastos se subvencionan?

  • Obra Civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

Otros requisitos del programa

  • El presupuesto mínimo financiable es de 100.000€.
  • Se financiarán los gastos desde el 1 de enero de 2019 (las inversiones realizadas entre el 01/01/2019 hasta 18 meses después de la resolución de concesión de la ayuda).

 Fuente: www.datadec.es