El DOG de 27 de junio del corriente año, hace pública la Resolución de 6 de junio de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la REHABILITACIÓN CON GRANITO DE LAS FACHADAS DE EDIFICACIONES DE VIVIENDA EXISTENTES. (IN316A)

 BENEFICIARIOS:

Los particulares o comunidades de propietarios, siempre que la actuación subvencionable se realice en viviendas aisladas o edificios de vivienda colectiva, sitos en la Comunidad Autónoma de Galicia.

 ActuaciOnEs subvencionables:

1. La actuación subvencionable será la rehabilitación con granito de las fachadas existentes de viviendas o edificios de vivienda colectiva.

Sólo se considerarán  actuaciones subvencionables las efectuadas en viviendas existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia entre el 01/01/2014 y el 14/11/2014.

 2. Los tipos de fachada o envolventes térmicas subvencionables son:

a)      Fachadas pegadas de granito: compuesta de placas de granito pegadas con morteros o adhesivos a la estructura soporte, y sujetas con anclajes de varilla como elemento de seguridad. El coste subvencionable máximo será de 110,00 € por metro cuadrado.

b)      Fachadas trasventiladas de granito: Compuesta de placas de granito fijadas a la estructura soporte mediante un sistema de anclaje, existiendo entre ellas una cámara de aire y un material aislante. El coste subvencionable máximo será de 140,00 € por metro cuadrado.

c)      Fachadas de perpiaño: compuesta de perpiaño de granito de espesor aproximado entre 6 y 12 cm., una cámara de aire, un aislamiento y una estructura interior. Las piezas de granito estarán unidas a la estructura interior mediante anclajes puntuales de seguridad. El coste subvencionable máximo será de 130,00 € por metro cuadrado.

Con carácter general, la cuantía de la subvención será del 30% de los costes totales subvencionables con un máximo de:

a)      12.000,00 € por vivienda unifamiliar aislada.

b)      40.000,00 € por edificio de viviendas en bloque.

 GASTOS SUBVENCIONABLES:

-          Coste del informe técnico previo de evaluación de la situación actual de la fachada y de la solución constructivas propuesta realizada por el Centro Tecnológico de Granito.

-          Costes de los informes técnicos acreditativos de calidad y buen uso del granito utilizado, de la ejecución de la obra y de la obra final ejecutada, realizados por el Centro Tecnológico del Granito que actuará como órgano de control para los efectos de esta orden en caso de no ser preceptivo el proyecto.

-          Costes de memorias básicas o proyectos de arquitectura o ingeniería en parte correspondiente a las actuaciones que se van subvencionar.

-          Coste de licencias.

-          Coste de desmontaje del material de fachada o envolvente existente.

-          Coste de los materiales: granito, morteros y adhesivos, anclajes y sistemas de anclaje y el material aislante.

-          Costes de mano de obra civil e instalaciones auxiliares necesarias para el montaje de nuevo envolvente de granito.

 gastos no subvencionables:

-          Los costes de los materiales de la estructura soporte de la fachada.

-          La substitución o instalación de las carpinterías exteriores (puestas y ventanas) y vidrios.

-          Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.

-          Los gastos realizados en bienes usados.

El IVA se subvencionará únicamente cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.

 EL PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES TERMINARÁ el 31/07/2014