La Audiencia Nacional aprueba el primer ERE de un grupo de empresas. Cree probadas las pérdidas económicas, constata que los jueces no deben valorar las causas, como dice la ley, y da credibilidad al Informe de la Inspección de Trabajo.

La doctrina de la sentencia

1. La Audiencia entiende, siguiendo la reforma laboral, que no corresponde a los tribunales especular acerca de si el ERE contribuye a la viabilidad de la empresa.

2. Los tribunales deben limitarse a contrastar la existencia de las causas legales –pérdidas, en este caso, o reducción de ventas o ingresos en otros–.

3. La sentencia legitima al grupo. Entiende que ha funcionado siempre como grupo laboral y que el mismo ha presentado el despido como un hecho global.

4 El fallo se basa en el informe de la Inspección de Trabajo, que “goza de presunción de certeza en cuanto a los hechos que acredita”.