Uno de los problemas con los que se encuentran los descendientes de un familiar fallecido es la gestión de su herencia. Un proceso que conlleva más dificultades de lo que parece en un primer momento y que, si no se lleva a cabo con atención, puede crear más de un quebradero de cabeza.

1. No saber cómo se reparte una herencia

En primer lugar, lo que hay que tener claro es cómo se divide la herencia entre los descendientes. Un tercio de ella es la legítima ( una cuarta parte en el Derecho Civil gallego) que se reparte entre los herederos forzosos a partes iguales. Otro tercio (excepto en Galicia) es el llamado 'de mejora', que se reparte libremente exclusivamente entre los hijos y descendientes. Por último, otro tercio (excepto en Galicia) que se puede donar de forma totalmente libre. 

En Galicia la cuarta parte del caudal hereditario lo constituye la legítima, normalmente de reparto igualitario entre los hijos y descendientes legítimos, y el resto es de libre disposición.

2. No prestar atención a las donaciones

Si el fallecido hizo donaciones en vida a alguno de los herederos forzosos, estos deberán incluirlas en la masa hereditaria. Es la denominada 'colación de bienes', que es importante, ya que determina y modifica las cantidades de la herencia legítima y la 'de mejora'. Eso sí: el fallecido tuvo que dejar constancia en el momento de la donación que ésta es colacionable para que se pueda tener en cuenta como tal. 

3. Las deudas también se heredan

En ocasiones, la herencia tiene una cara menos amable, ya que puede conllevar la asunción de deudas que pasarán a ser responsabilidad total del descendiente. Por tal razón, es importante asesorarse previamente para conocer los riesgos y, si así se desea, contemplar la renuncia a la herencia para evitar problemas mayores.

4. El impuesto de sucesiones

Si los descendientes reciben una herencia han pagar el impuesto sobre sucesiones en un plazo muy concreto: seis meses que cuentan desde el día del fallecimiento del familiar. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses, pero se debe solicitar antes de los primeros cinco. Además, si hay una vivienda en la masa hereditaria, se deberá pagar el impuesto municipal, también en un plazo de seis meses desde la muerte del familiar. 

5. Asesorarse, sinónimo de tranquilidad

Las herencias engloban tantos trámites y pueden conllevar tantos problemas que la posibilidad de hacerla sin ayuda de expertos suele provocar errores. Aspectos como la documentación, los plazos de pago o algunas situaciones poco frecuentes que requieren pasos muy concretos son varias de las razones por las que los expertos recomiendan ponerse en manos de los especialistas y evitarse mayores disgustos en un percance ya de por sí desagradable.

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Elaborado sobre la base de un artículo de elEconomista.es