El trabajo en remoto es un desafío para la seguridad de las empresas. Las incidencias se han disparado y también el interés de las empresas por seguros que cubran estos riesgos

Nunca ha habido tanto teletrabajo en España, y ha tenido que ser de manera forzosa y sin tiempo para que las empresas adapten sus sistemas. Hay una parte positiva, que es acelerar una tendencia más habitual en otros países que facilita la conciliación laboral. Y otra negativa, porque gran parte del tejido empresarial no estaba preparado y el trabajo en remoto eleva la vulnerabilidad contra potenciales ataques informáticos.

Hay nuevas oportunidades que se han abierto ante el complejo momento que se vive actualmente con las acciones contra el Covid-19. En todos los campos, pero específicamente en el de la gestión de equipos y procesos.

Por otra parte, es necesario ser transparente y atender más que nunca a las dudas y necesidades de los equipos. Esos dos aspectos son aplicables siempre. Ahora, con plantillas separadas al estar algunas presencialmente y otras desde casa, es más necesario que nunca.

Muchas empresas han encontrado en el teletrabajo una forma de mantener el negocio durante el estado de alarma, a pesar de no estar incluidas en la lista de actividades esenciales aprobada por el Gobierno. El hecho de que los hogares se hayan convertido en las nuevas oficinas puede llevar a una relajación de los sistemas de control de jornada. Sin embargo,  las compañías siguen estando obligadas por ley a definir los turnos, respetar los descansos y registrar el desempeño diario de todos los empleados, hora por hora.

Ante el resurgimiento y proliferación en los últimos tiempos de distintos términos y aspectos relacionados con la responsabilidad social corporativa, utilizados en algunos casos de manera impropia y confusa, cabe plantear un elemental ejercicio de análisis conceptual que nos permita clarificar algunas cuestiones esenciales.En la ‘Opinión’ emitida por la Comisión de Responsabilidad Social Corporativa de AECA se analizan y relacionan fundamentalmente dos conceptos: la responsabilidad social corporativa (RSC) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con el fin de poner en valor la RSC como coadyuvante de los ODS. El perfecto alineamiento entre los objetivos de la RSC y los ODS permite afirmar que el cumplimiento de los objetivos de la RSC conlleva el cumplimiento directo o indirecto de los ODS y viceversa, es decir, el cumplimiento de los ODS por parte de las empresas expresaría un comportamiento conforme a la RSC

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