"Todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su Empresa que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. Llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario" (artículo 25 Código de Comercio)
En este artículo vamos a tratar de desgranar los aspectos fundamentales de los libros obligatorios para todo comerciante.









