Con el fin de aclarar las dudas que surgen en la aplicación del nuevo Real Decreto Ley 8/2019 en el que, mediante la modificación del artículo 34 de Estatuto de los Trabajadores, se establece la obligatoriedad de registrar la jornada laboral de los trabajadores de la empresa, el Ministerio de Trabajo acaba de publicar una guía informativa donde da respuesta a las consultas más frecuentes.
OBJETIVO: Subvenciones para la digitalización y modernización de empresas comerciales y artesanales.
TIPOS DE APOYO: régimen de concurrencia competitiva y quedará sujeto al régimen de ayudas de minimis.
BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan además los siguientes requisitos:
El DOG del 25.04.2019 publica la Orden del 03 de abril de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del PROGRAMA EMPREGA MULLER para a contratación por conta allea e formación de mulleres desempregadas.
ENTIDADES BENEFICIARIAS: empresas y/o autónomos, incluidos sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten mujeres desempleadas para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Galicia y cumplan los requisitos establecidos en la norma.
OBJETO DE LA AYUDA: facilitar la inserción laboral de mujeres desempleadas que presentan dificultades para permanecer en el mercado laboral y favorecer el empleo estable, a través de dos tipos de ayudas:
El Real Decreto 6/2019 de 01 de marzo establece que en los próximos años las empresas de 50 o más trabajadores van a quedar obligadas a elaborar un plan de igualdad. A estos efectos
- Si una empresa tiene de 50 a 100 trabajadores dispondrá de un período de tres años para aprobar el plan de igualdad. En concreto, deberá tenerlo a partir del 7 de marzo de 2022.
- Si la empresa tiene entre 101 y 150 trabajadores, dispone de un plazo de dos años, por lo que deberá contar con un plan de igualdad a partir del 7 de marzo de 2021.
- Si la plantilla es de entre 151 y 250 empleados, hay un año de plazo y se deberá disponer del plan de igualdad a partir del 7 de marzo de 2020.
El DOGA del 09.04.2019 publica la Orden del 26 de marzo de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras del programa EMPREGA XUVENTUDE de incentivos a la contratación y formación de jóvenes.
ENTIDADES BENEFICIARIAS: empresas y/o autónomos, incluidos sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten trabajadores para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Galicia y cumplan los requisitos establecidos en la norma.
OBJETIVO: Proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, así como los proyectos de inversión para la ampliación en pequeñas y medianas empresas ya creadas, siempre que se cumplan los requisitos para ser consideradas nueva pyme.
TIPOS DE APOYO: Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia competitiva.
El BOE del 12.03.2019 publica el Real Decreto – Ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, donde, mediante la modificación del artículo 34 de Estatuto de los Trabajadores, se establece la obligatoriedad de registrar la jornada laboral de los trabajadores de la empresa , concediéndose un plazo de 2 meses para que las empresas se adapten. En consecuencia, esta medida entrará en vigor el próximo 12 de mayo de 2019.
El próximo 1 de abril finaliza el plazo para presentar el modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2018.
El DOG numero 19, de 28 de enero ha publicado dos resoluciones sobre ayudas y subvenciones, que detallamos a continuacion:
El DOG Núm. 18, del 25 de enero de 2019, publica la Orden del 21 de diciembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I de axudas á promoción de emprego autónomo, cofinanciado con cargo ao programa operativo FSE Galicia 2014-2020, e o Programa II de axudas a persoas traballadoras autónomas pola contración indefinida de persoas asalariadas, e se convocan para o ano 2019.