El DOG numero 19, de 28 de enero ha publicado dos resoluciones sobre ayudas y subvenciones, que detallamos a continuacion:
El DOG Núm. 18, del 25 de enero de 2019, publica la Orden del 21 de diciembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I de axudas á promoción de emprego autónomo, cofinanciado con cargo ao programa operativo FSE Galicia 2014-2020, e o Programa II de axudas a persoas traballadoras autónomas pola contración indefinida de persoas asalariadas, e se convocan para o ano 2019.
AXENCIA GALEGA DE DESENVOLVEMENTO RURAL (AGADER).- RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de adquisición de maquinaria y equipamiento en actividades no agrícolas , cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2019. DOG de 28 de enero de 2019.
El DOG Núm. 13, de 18 de enero de 2019 publica Resolución de 19/12/2018, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva. IGAPE
Madrid, 7 de diciembre de 2018. El Boletín Oficial del Estado ha publicado en el día de ayer la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD).
Con la publicación y aprobación de esta ley se pretende adaptar el ordenamiento jurídico de nuestro país al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a la protección de datos de las personas físicas (RGPD). Esta nueva ley ya ha entrado en vigor en el día de hoy, 7 de diciembre.
OBJETIVO: Estimular la puesta en marcha de los proyectos de inversión empresarial en Galicia, con la finalidad de dinamizar la actividad económica en la Comunidad Autónoma y potenciar el mantenimiento y creación de empleo, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes, así como la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.
Medidas concretas de reducción del consumo de plásticos
En virtud del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas (espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.
Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio a cobrar podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I de la norma y que se reproduce al final de este documento.
El DOG Núm. 122, del 27 de junio de 2018, publica la Orden del 27 del 07 de junio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del PROGRAMA PARA FAVORECER LA CONTRACIÓN DE MUJERES DESEMPLEADAS COFINANCIADO POR EL PO FSE GALICIA 2014 - 2020
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ENTIDADES BENEFICIARIAS: empleadores y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten mujeres desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo situados en Galicia.
Las empresas que tengan 50 o mas trabajadores deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, por lo menos al 2% de trabajadores con discapacidad sobre el total de personas trabajadoras
OBJETIVO: Ayudas orientadas a proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, así como los proyectos de inversión para la ampliación en pequeñas y medianas empresas ya creadas, siempre que cumplan los requisitos para ser consideradas nueva pyme. TIPOS DE APOYO: régimen de concurrencia competitiva. BENEFICIARIOS: - Las pequeñas y medianas empresas que cumplan las siguientes condiciones: a) Que la composición del capital en el caso de sociedades mercantiles tendrá que encontrarse participado mayoritariamente por personas físicas que no estén emprendiendo otras actividades por cuenta propia. b) Que su fecha de constitución y fecha de alta censal no podrá tener una antigüedad superior a 42 meses. - Autónomos que su fecha de alta censal no podrá tener una antigüedad superior a 42 meses y deberá tener una dedicación plena del proyecto. No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes, así como las personas jurídicas que no tengan ánimo de lucro, aunque realicen actividad económica. Para el caso de sociedades civiles, podrán ser beneficiarias aquellas que acrediten constitución en escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.