Madrid, 7 de diciembre de 2018. El Boletín Oficial del Estado ha publicado en el día de ayer la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD).

Con la publicación y aprobación de esta ley se pretende adaptar el ordenamiento jurídico de nuestro país al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a la protección de datos de las personas físicas (RGPD). Esta nueva ley ya ha entrado en vigor en el día de hoy, 7 de diciembre.

OBJETIVO: Estimular la puesta en marcha de los proyectos de inversión empresarial en Galicia, con la finalidad de dinamizar la actividad económica en la Comunidad Autónoma y potenciar el mantenimiento y creación de empleo, a través del desarrollo y mejora de las empresas existentes, así como la creación y puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

Medidas concretas de reducción del consumo de plásticos

En virtud del Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas. Se exceptúan las bolsas muy ligeras que se suministran como envase primario para alimentos a granel (necesarias para evitar el desperdicio alimentario) y las bolsas gruesas (espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado. Los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio a cobrar podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I de la norma y que se reproduce al final de este documento.

El DOG Núm. 122, del 27 de junio de 2018, publica la Orden del 27 del 07 de junio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del PROGRAMA PARA FAVORECER LA CONTRACIÓN DE MUJERES DESEMPLEADAS COFINANCIADO POR EL PO FSE GALICIA 2014 - 2020

 

  • ENTIDADES BENEFICIARIAS: empleadores y empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, que contraten mujeres desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo situados en Galicia.

    Las empresas que tengan 50 o mas trabajadores deberán cumplir la cuota de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, por lo menos al 2% de trabajadores con discapacidad sobre el total de personas trabajadoras

OBJETIVO: Ayudas orientadas a proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, así como los proyectos de inversión para la ampliación en pequeñas y medianas empresas ya creadas, siempre que cumplan los requisitos para ser consideradas nueva pyme. TIPOS DE APOYO: régimen de concurrencia competitiva. BENEFICIARIOS: - Las pequeñas y medianas empresas que cumplan las siguientes condiciones: a) Que la composición del capital en el caso de sociedades mercantiles tendrá que encontrarse participado mayoritariamente por personas físicas que no estén emprendiendo otras actividades por cuenta propia. b) Que su fecha de constitución y fecha de alta censal no podrá tener una antigüedad superior a 42 meses. - Autónomos que su fecha de alta censal no podrá tener una antigüedad superior a 42 meses y deberá tener una dedicación plena del proyecto. No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes, así como las personas jurídicas que no tengan ánimo de lucro, aunque realicen actividad económica. Para el caso de sociedades civiles, podrán ser beneficiarias aquellas que acrediten constitución en escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.

OBJETIVO: Ayudas orientadas a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación centrados en tecnologías industriales innovadoras; para fomentar la inversión privada para la financiación de la innovación a través del apoyo a grandes proyectos empresariales de I+D+i de carácter estratégico para el tejido industrial gallego.

TIPOS DE APOYO: régimen de concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS:

  • Empresas industriales con un establecimiento estable en Galicia que puedan liderar proyectos de I+D+i. Atendiendo a su tamaño pueden ser pequeñas, medias y grandes.
  • Agrupaciones de una empresa o empresas y un organismo de investigación y difusión que realicen proyectos en cooperación.

El DOG núm. 105, de 04.06.2018  publica la Orden del 22 de mayo de 2018 por la que  se establecen las bases reguladoras del Programa del bono de las personas autónomas (el llamado “Bono Autónomo”)

 

Beneficiarios

Trabajadores por cuenta propia, que residan y tengan el domicilio social en Galicia y que tengan una antigüedad en la realización de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud mínima de 42 meses y una facturación de más de 12.000 € (IVA incluido) siempre que el rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en el IRPF del año anterior no supere los 30.000 €

Informes asociados en esta noticia

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