Son aquellos que potencian comercialmente la empresa para representarla ante clientes. ¿Cuándo son deducibles?
La Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que los gastos de representación deducibles son aquellos marcados como necesarios para la actividad de la empresa y para generar ingresos a la misma. No obstante, distinguirlos no es siempre tan sencillo.